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Cuando Su Heredero Vive en el Extranjero: Notas Prácticas de Planificación

· 3 min de lectura
Cuando Su Heredero Vive en el Extranjero: Notas Prácticas de Planificación

Las familias inmigrantes y multinacionales de Nueva York suelen tener beneficiarios repartidos en varios países. Eso no es un obstáculo para un buen plan patrimonial, pero sí introduce preguntas prácticas que un plan puramente doméstico no tiene que responder —desde quién puede servir como albacea (executor) hasta cómo llega realmente el dinero a alguien en otro continente.

¿Puede un residente extranjero servir como albacea?

Nueva York no prohíbe categóricamente que un no residente sirva como albacea, pero conforme al SCPA 707(1)(c) un no ciudadano que vive fuera de Nueva York no es elegible para servir por sí solo; el tribunal puede, a su discreción, permitir que esa persona sirva como coalbacea (co-executor) junto con un cofiduciario domiciliado en Nueva York. En la práctica, esto significa que un beneficiario que vive en el extranjero y no es ciudadano estadounidense no puede servir como su único albacea, incluso si es su elección obvia como, por ejemplo, su único hijo. Muchas familias en esta situación nombran a un coalbacea de Nueva York para que sirva junto con el heredero extranjero, o a un suplente que pueda actuar si la elección principal queda descalificada o simplemente le resulta impráctico administrar un patrimonio de Nueva York desde el extranjero.

Hacer llegar los bienes a un beneficiario en el extranjero

Distribuir una herencia a alguien en el extranjero generalmente es posible, pero toma más tiempo e implica más trámites: autorizaciones de transferencia bancaria, verificación de bancos extranjeros y, a veces, cuestiones de conversión de moneda. Los bienes inmuebles en el extranjero que usted posea, o que se dejen a un beneficiario que los conservará allí, también pueden estar sujetos a las propias reglas de herencia de ese país sin importar lo que diga su testamento (will) de Nueva York —algunos países tienen reglas de herencia forzosa (forced heirship) que anulan los términos de un testamento extranjero respecto de los bienes ubicados allí.

Consideraciones sobre el reporte fiscal

Un ciudadano o residente estadounidense que recibe un obsequio o herencia de gran valor de una persona extranjera puede tener obligaciones de reporte ante el IRS (como el Formulario 3520), aunque la herencia en sí normalmente no se grave como ingreso. Por el contrario, la condición de extranjero de su beneficiario no cambia su propio impuesto sucesorio: como ciudadano estadounidense, la totalidad de su patrimonio mundial sigue sujeta al impuesto sucesorio federal, y como domiciliado en Nueva York, su patrimonio (salvo los bienes inmuebles y los bienes tangibles ubicados fuera de Nueva York) sigue sujeto al impuesto sucesorio de Nueva York; su plan patrimonial debe tener esto en cuenta con la participación de su contador junto con la de su abogado.

  • Confirme si un beneficiario no residente también puede servir como albacea, o nombre a un suplente calificado
  • Documente los nombres legales precisos, direcciones e información de identificación de los beneficiarios en el extranjero para evitar demoras en el Tribunal Sucesorio (Surrogate's Court)
  • Coordine con asesoría legal en cualquier país donde usted o sus herederos posean bienes inmuebles
  • Involucre a sus asesores desde el principio si bienes significativos cruzarán fronteras
  • Mantenga vigente un poder notarial duradero (durable power of attorney) por si necesita que alguien actúe en su nombre mientras viaja o vive parte del tiempo en el extranjero

Planifique la logística, no solo la intención

La sustancia de sus deseos —quién recibe qué— suele ser la parte fácil. La logística de un patrimonio internacional es donde se filtran las demoras y las disputas. Nuestro equipo de testamentos y de planificación patrimonial trabaja regularmente con familias de Nueva York cuyos herederos viven en el extranjero, y puede coordinar con asesoría legal extranjera cuando sea necesario.

Si su familia se extiende más allá de las fronteras, llame al +1 212 518 3868 o programe una consulta gratuita para construir un plan que realmente funcione a través de ellas.

SLG
Publicado por Schwartsman Law Group PLLC
Actualizado 14 de septiembre de 2026 · Bufete de fideicomisos y sucesiones de Nueva York. Los artículos incluyen citas de las leyes para su verificación. Nuestra abogada →

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