Las mascotas no pueden heredar bienes directamente, pero la ley de Nueva York le permite reservar dinero para su cuidado de una manera que los tribunales realmente harán cumplir. El EPTL 7-8.1 autoriza fideicomisos para el cuidado de un animal doméstico o de compañía designado, y más familias utilizan esta herramienta de lo que la mayoría cree.
Lo que realmente permite el EPTL 7-8.1
Conforme al estatuto, un fideicomiso para el cuidado de una mascota es válido y puede ser exigido por una persona nombrada en el instrumento del fideicomiso o, si no se nombra a nadie, por una persona designada por el tribunal. El fideicomiso termina cuando ya no queda con vida ningún animal cubierto por él. Esto es importante porque, antes de que existieran estatutos como este, los tribunales a veces anulaban los intentos de dejar dinero directamente en beneficio de un animal por considerarlos inexigibles, ya que un animal no puede ser beneficiario de un fideicomiso en el sentido tradicional. La ley de Nueva York cierra ese vacío.
Qué incluir en un fideicomiso para mascotas
- Identificación clara de la mascota o mascotas cubiertas, ya que el fideicomiso puede nombrar animales específicos o aquellos que usted posea al momento de su fallecimiento
- Un cuidador designado dispuesto a hacerse cargo del animal, además de un cuidador suplente en caso de que el primero no pueda o no quiera servir
- Un fiduciario (trustee) designado para administrar y distribuir los fondos, quien puede ser la misma persona que el cuidador o una persona distinta que brinde supervisión
- Instrucciones específicas sobre el estándar de cuidado, incluyendo tratamiento veterinario, dieta y preferencias de alojamiento
- Un monto de financiamiento razonable, ya que los tribunales pueden reducir el financiamiento conforme al estatuto si excede sustancialmente lo necesario para el cuidado de la mascota
- Instrucciones para los fondos que queden después de que el fideicomiso termine, típicamente dirigiendo los fondos sobrantes a personas nombradas o a una organización benéfica
Dimensionar el fideicomiso de manera razonable
El EPTL 7-8.1 permite explícitamente que un tribunal reduzca el monto que financia el fideicomiso si determina que excede sustancialmente lo requerido para el uso previsto, pasando el excedente a su patrimonio residual o a los beneficiarios nombrados. Partir de una estimación realista de los costos veterinarios, la alimentación y la expectativa de vida ayuda a que el fideicomiso resista el escrutinio y evita perjudicar a los beneficiarios que reciben el resto de su patrimonio.
Alternativas más sencillas para patrimonios más pequeños
No todo dueño de mascota necesita un fideicomiso formal. Algunas familias simplemente dejan un legado a un cuidador designado con una solicitud, aunque esto no es legalmente exigible de la manera en que lo es un fideicomiso. Un fideicomiso tiene más sentido cuando usted desea exigibilidad por escrito, un fondo dedicado, o cobertura para una mascota con una expectativa de vida larga o necesidades de cuidado significativas.
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